LAS AEROLÍNEAS Y EL COVID-19.
Dirección de Derecho Administrativo.
En mal momento se detonó la pandemia del Coronavirus, cuando la gente se preparaba a viajar con motivo de la Semana Santa. El sector turístico a nivel mundial ha sido fuertemente golpeado y la industria de la Aviación ha sido duramente afectada por la propagación del coronavirus.
Dentro del sector turístico una de las
industrias mas golpeadas es la Aérea, donde el tráfico de pasajeros, por el
temor de contagio, ha caído en forma exponencial. Varios países se vieron en la
necesidad restringir la llegada y salida de vuelos provenientes en primer momento
de China y otros europeos como España e Italia, lo que provocó que turistas se
quedaran varados ante esta decisión.
El creciente número de vuelos cancelados
y el temor a contraer el coronavirus motivaron
a muchos a abandonar sus planes de viaje ya pagados con antelación, muchos
pasajeros afectados trataron de cancelar
o reprogramar sus vuelos a través de los portales electrónicos y “call centers”
de las aerolíneas, estos últimos reportaron estar completamente saturados.
La Procuraduría Federal de Consumidor en
su carácter de organismo orientador y
conciliador busca proteger los derechos de los consumidores. El
articulo 85 de Ley Federal de Protección al Consumidor, los contratos de
adhesión para la prestación de servicios de transporte aéreo deben estar
debidamente registrados en el Registro Público de Contratos de Adhesión (RPCA)
para otorgar certeza a sus clientes de que estos no contienen cláusulas
abusivas.
El contrato de servicios de transporte
aéreo es uno de adhesión regulado por la Procuraduría General del Consumidor,
en donde la línea aérea, el proveedor del servicio, elabora unilateralmente un
documento en donde establece los términos y condiciones aplicables para la
prestación del servicio de transporte aéreo, y los clientes, en este caso los pasajeros,
deben cumplir con lo estipulado sin la posibilidad de negociar.
Hasta el 27 de marzo pasado, la Procuraduría
Federal del Consumidor (Profeco) informó haber registrado 22 quejas por vuelos
nacionales e internaciones cancelados. Los reclamos recibidos fueron en contra
de aerolíneas y agencias de viajes por no permitir a sus clientes reprogramar
sus vuelos, cobros de tres o cuatro veces más del precio del boleto por cambio de fecha y negativa a reembolsar
el costo de los mismos. Las empresas que han recibido el mayor número de quejas
son Aeroméxico, Viva Aerobús, Volaris, Interjet, Air France.
Con el ánimo de apoyar a los clientes, la
Procuraduría Federal de Consumidor ha exhortado a los usuarios afectados a reprogramar
los vuelos y a las empresas a no excederse en los cobros por reprogramación de
los mismos, a la devolución del dinero a
aquellos pasajeros que así lo soliciten, además han establecido condiciones de
flexibilidad con las empresas, para apoyar a los pasajeros en estos
momentos. Las aerolíneas han publicado en sus portales la forma en como van a implementar
dichas medidas.
La suspensión de actividades
aeroportuarias por parte de la autoridad es una razón de fuerza mayor válida
para no prestar el servicio, pero eso no significa que las empresas queden
liberadas del cumplimiento del los servicios ya contratados que por el momento
solo quedan aplazados.
Contar con un organismo como Profeco
brinda certeza, legalidad y seguridad jurídica en las relaciones de comercio,
además de que hace del conocimiento de quien busque apoyo, cuáles son los
derechos con los que cuentan los consumidores.
Lic. Aurora
Cerda del Pando
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